La Administración general del Bufete, estará a cargo del Presidente y del Consejero-Delegado de la firma, los que decidirán de forma mancomunada los criterios generales de la empresa , si bien podrán actuar, cada uno de ellos solidariamente en nombre y representación de la firma, tanto frente a terceros, así como determinando las directrices de la firma a los Socios y Asociados del Bufete.
La dirección profesional del Bufete estará regida por el Consejo de Socios, el cual ser reunirá como mínimo una vez al mes, será presidido por el Presidente de la firma, o en su defecto por el Socio Consejero-Delegado y sucesivamene por el Socio de mayor antigüedad. Actuará de Secretario, levantando acta el Socio mas moderno o en su defecto el que designe el Socio Consejero-Delegado. El Orden del día será decidido por el Presidente de la firma, en el que se deberá incluir cualesquiera asunto que solicite cualquier socio.
Cada Socio será responsable , con plenas facultades de decisión, sobre el Area que tenga encomendada, debiendo orientar y definir las actuaciones profesionales de los Abogados integrados en su Area, debiendo someterse a los criterios generales enmarcados por el Consejo de Socios y por la Administración general del Bufete.
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